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Medidas en el ámbito socio-laboral

El COVID-19 o Coronavirus ha causado la acción del Gobierno para el establecimiento de una serie de medidas relacionadas con el ámbito sociolaboral.

El Gobierno prevé facilitar la aplicación de ERTEs sin que las empresas entren en pérdidas, y que el Estado asuma parte de los costes. Los autónomos no pagarán cuota si cesa su actividad. Hay un paquete para abordar situaciones de desempleo temporal y con atención a quienes ni siquiera tendrían derecho a la prestación.

Una de las iniciativas es la moratoria sobre el pago de hipotecas de quienes vean sus ingresos mermados por el Coronavirus, por el que se incrementará una prórroga para el pago de aquellos créditos hipotecarios.

Uno de los fines más significativos en materia sociolaboral es la del “apoyo a trabajadores, familias y colectivos más vulnerables”. Se prevén una serie de medidas de las que destacan:

  • Moratoria hipotecaria:
  • Garantía de agua, luz
  • Teletrabajo: El decreto del Gobierno pretende impulsar el teletrabajo.
  • ERTE: Medida más demandada por los agentes sociales y anunciada por el Gobierno. Tanto las suspensiones de contrato (ERTE) como las reducciones de jornada que estén directamente vinculadas a la Covid-19 y al estado de alarma serán consideradas como de fuerza mayor.
  • Prestaciones: Los trabajadores afectados por los ERTE podrán acceder a la prestación pese a que no tengan cotizado el periodo mínimo que se exige para poder cobrar la ayuda (12 meses a lo largo de los últimos seis años).
  • Autónomos: En el caso de los autónomos se crea una prestación extraordinaria por cese de actividad que tendrá un mes de duración.

Entrando en el análisis del Real Decreto-Ley 463/2020 se observa las siguientes medidas:

  • Financiación mediante la activación de ayudas y créditos para PYMEs (Pequeñas y Medianas Empresas) que permitan el teletrabajo o trabajo a distancia.
  • Medidas para la conciliación laboral. Trabajadores por cuenta ajena tienen el derecho a la adaptación o reducción de su jornada (con la disminución proporcional del salario), evitar sanciones por ausencia en el trabajo del trabajador por atender personas a su cargo.
  •  Fomentar la digitalización y aplicar soluciones de teletrabajo (Programa Acelera Pyme)
  • Protección a autónomos. Prestación extraordinaria por cese de actividad.
  • Medidas para garantizar la asistencia a domicilio de las personas dependientes.
  • Ampliación del tiempo en el pago de cuotas hipotecarias de las personas más vulnerables.
  • Refuerzo en 300 millones de euros el presupuesto del Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030 para financiar un Fondo Social Extraordinario para hacer frente a las consecuencias sociales del COVID-19.
  • Disposición a los ayuntamientos de una cuantía para financiar prestaciones de servicios sociales de atención primaria y dependencia.
  • Más protección a personas vulnerables para suministro de agua y electricidad.
  • Protección deudores hipotecarios.
  • Mantenimiento de servicios de comunicaciones electrónicas.

Medidas de apoyo a trabajadores, familias y colectivos vulnerables.

  • Protección trabajadores en la modalidad de trabajo no presencial, en el que se disminuye la intensidad de las obligaciones, con carácter temporal.
  • Las pérdidas de actividad que se deben por el Coronavirus se consideran “causa de fuerza mayor”.
  • Se agiliza la tramitación de procedimientos de regulación de empleo (ERE).
  • Protección a trabajadores afectados por un ERTE (acceso a la prestación por desempleo.
  • Se perdonan a las empresas afectadas por casos de fuerza mayor del pago a la Seguridad Social, siempre y cuando las empresas se comprometan a mantener el empleo.

Medidas de flexibilización

  • Avales por cuenta del Estado para empresas y autónomos de hasta 100.000 millones de euros.
  • El Gobierno ha ampliado en 10.000 millones de euros la capacidad de financiación del Instituto de Crédito Oficial (ICO) con el fin de aumentar la financiación a empresas y autónomos.
  • CESCE (Compañía Española de Seguros de Crédito a la Exportación) aumenta la cobertura por cuenta del Estado de sus garantías.
  • Medidas para evitar efectos negativos sobre el empleo y viabilidad empresarial por la suspensión de contratos públicos.
  • Agilización de trámites aduaneros de importación en el sector industrial.
  • Flexibilización de plazos que tiene el contribuyente para favorecer el cumplimiento del deber de colaborar con la Agencia Tributaria.

Medidas de flexibilización de ajuste temporal de actividad para evitar despidos.

  • Medidas excepcionales en relación con:
    • Procedimientos de suspensión de contratos y reducción de jornada por causa de fuerza mayor.
    • Procedimientos de suspensión de contratos y reducción de jornada por causas económica, técnica, organizativa y producción.
  • Medidas extraordinarias en materia de:
    • Cotización en relación con el procedimiento de suspensión de contratos y reducción de jornada por fuerza mayor relacionado con el COVID-19.
    • Protección por desempleo.
  • Se limita temporalmente los efectos de la presentación fuera de tiempo de solicitudes de prestación por desempleo.
  • Medidas para la prórroga del subsidio por desempleo y declaración anual de rentas.

Garantía de liquidez para sostener la actividad económica ante las dificultades transitorias consecuencia de la situación.

  • Cobertura por cuenta del Estado de la financiación otorgada por entidades financieras a empresas y autónomos.
  • Ampliación del límite de endeudamiento neto del ICO con el fin de aumentar las Líneas ICO de financiación a empresas y autónomos.
  • Línea extraordinaria de cobertura aseguradora.
  • Atribución de competencias para el despacho aduanero
  • Suspensión de plazos en el ámbito tributario
  • Medidas en materia de contratación pública para paliar las consecuencias del COVID-19
  • Suspensión de contratos del sector público consecuencia del COVID-19
  • Medidas financieras dirigidas a los titulares de explotaciones agrarias que hayan suscrito préstamos como consecuencia de la situación de sequía de 2017.

Medidas de apoyo a investigación del COVID-19

  • Medidas laborales excepcionales en entidades públicas.
  • Concesión de créditos extraordinarios al Ministerio de Ciencia e Innovación.
  • Reglas relativas a las aportaciones dinerarias efectuadas por el Instituto de Salud Carlos III y el Consejo Superior de Investigaciones Científicas para la investigación científica y técnica derivada de la emergencia sanitaria causada por el coronavirus

Otras medidas de flexibilización

  • Régimen especial de convenios relacionados con el COVID-19
  • Medidas extraordinarias aplicables a las personas jurídicas de Derecho privado
  • Medidas extraordinarias aplicables al funcionamiento de los órganos de gobierno de las Sociedades Anónimas Cotizadas.
  • Suspensión del plazo de caducidad de los asientos del registro durante la vigencia del real decreto de declaración del estado de alarma
  • Plazo del deber de solicitud de concurso.

Además, también se dispone de:

  • Plan ACELERA. Serie de medidas de apoyo para acelerar el proceso de digitalización de las pymes desde el asesoramiento y la formación.
  • No aplican la suspensión de plazos administrativos del RD 463/2020.
  • Se limita la aplicación de EREs.
  • Las solicitudes de moratoria podrán presentarse desde el día siguiente a la entrada en vigor del real decreto-ley. 
  • Se modifica la Ley del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados.
  • Modificación de la Ley reguladora del Centro Nacional de Inteligencia.
  • Modificación de la Ley de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación.
  • Modificación de la Ley sobre régimen jurídico de los movimientos de capitales y de las transacciones económicas con el exterior. Modificación de la Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2018.
  • Modificación del artículo 16 del Real Decreto-ley 7/2020, de 12 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes para responder al impacto económico del COVID-19.

Photo by Miguel Á. Padriñán from Pexels

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