
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha dictado una resolución clave el 7 de noviembre de 2024 que podría redefinir el tratamiento legal de la exoneración de deudas en situaciones de derivación de responsabilidad. Este fallo tiene un impacto potencialmente significativo para empresarios, autónomos y personas jurídicas en estado de insolvencia, abordando la interpretación del derecho comunitario en relación con la normativa nacional.
Un marco para entender el problema
La derivación de responsabilidad es una herramienta utilizada por las administraciones tributarias y de seguridad social para trasladar obligaciones de pago de una empresa a terceros, como sus administradores. Este mecanismo, ampliamente aplicado en el derecho español, funciona de manera casi automática, amparándose en principios de autotutela administrativa que no siempre requieren la demostración de mala fe o dolo por parte del responsable. Como resultado, muchos deudores de buena fe ven limitada su capacidad para acceder a la exoneración de deudas.
El artículo 487.1 del Texto Refundido de la Ley Concursal (TRLC), que transpuso la Directiva Europea sobre Reestructuración e Insolvencia, introdujo excepciones que han sido objeto de críticas. En particular, el artículo 487.1.2º excluye de la exoneración del pasivo insatisfecho (EPI) a aquellos deudores afectados por sanciones administrativas graves, incluyendo derivaciones de responsabilidad. Esta normativa ha generado interrogantes sobre su compatibilidad con los principios rectores del derecho comunitario.
El pronunciamiento del TJUE
El TJUE, en respuesta a una cuestión prejudicial planteada por un tribunal nacional, analizó si la exclusión automática establecida en el artículo 487.1.2º del TRLC se ajusta al marco establecido por el derecho europeo. En su resolución, el Tribunal destacó que:
- Las limitaciones al acceso a la exoneración de deudas deben estar justificadas por razones claras, específicas y basadas en el derecho.
- El artículo 23.2 de la Directiva sobre Reestructuración e Insolvencia impone a los Estados miembros la obligación de fundamentar cualquier excepción al derecho a la segunda oportunidad de manera coherente y transparente.
En los apartados 55 y 56 de la resolución, el TJUE afirmó:
«La justificación de una excepción debe derivarse de los procedimientos legislativos o de disposiciones del derecho nacional. En ausencia de una justificación debidamente fundamentada, tales excepciones son incompatibles con la normativa comunitaria.»
Asimismo, concluyó que la exclusión automática de deudores basándose en derivaciones de responsabilidad carece de una base jurídica adecuada, poniendo en entredicho la compatibilidad de la normativa española con la Directiva Europea.
Análisis jurídico del impacto
El fallo del TJUE tiene implicaciones profundas para el derecho español. Desde la reforma concursal de 2022, la inclusión de excepciones en el artículo 487.1.2º ha generado controversias, al considerarse que limita de forma desproporcionada el acceso de ciertos deudores a la EPI. En este sentido, el pronunciamiento del TJUE refuerza los principios de igualdad y proporcionalidad, cuestionando la constitucionalidad y viabilidad de estas exclusiones.
1. Jerarquía de fuentes
En el ordenamiento jurídico español, el derecho comunitario prevalece sobre las normativas internas en caso de conflicto. Este principio obliga a los tribunales nacionales a interpretar las leyes internas de manera conforme con el derecho europeo. Si esto no es posible, deben dejar de aplicar aquellas disposiciones incompatibles. Por lo tanto, la resolución del TJUE abre la puerta a que los jueces españoles declaren inaplicables las exclusiones del artículo 487.1.2º cuando no estén debidamente justificadas.
2. Principio de segunda oportunidad
La Directiva Europea sobre Reestructuración e Insolvencia establece el principio de segunda oportunidad como un derecho fundamental para los deudores de buena fe. Este principio busca garantizar que las personas físicas y jurídicas puedan rehacer su vida económica tras una situación de insolvencia, siempre que actúen de manera honesta y diligente. La resolución del TJUE fortalece este principio al limitar las excepciones que puedan obstaculizar su aplicación.
3. Impacto en la Administración Tributaria y la Seguridad Social
Las derivaciones de responsabilidad son herramientas clave para la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT) y la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) en la gestión de deudas impagadas. No obstante, el fallo del TJUE obliga a estas instituciones a reconsiderar su uso, asegurándose de que no vulneren los derechos fundamentales de los deudores ni los principios de proporcionalidad y buena fe.
Implicaciones prácticas para los deudores
Para los deudores afectados, esta resolución supone una luz de esperanza. Miles de empresarios y autónomos que hasta ahora se veían excluidos de la EPI podrían beneficiarse de una interpretación más flexible de la normativa nacional. Esto incluye:
- Acceso ampliado a la Ley de Segunda Oportunidad: Los deudores podrán solicitar la exoneración total de sus deudas, incluyendo aquellas derivadas de responsabilidad administrativa.
- Mayor seguridad jurídica: Los tribunales nacionales estarán obligados a justificar de manera exhaustiva cualquier limitación al acceso a la EPI.
- Reducción de cargas injustificadas: El fallo del TJUE refuerza la idea de que la exoneración no debe ser negada de forma automática, sino basada en criterios objetivos y razonables.
Conclusiones y recomendaciones
La sentencia del TJUE marca un hito en la protección de los derechos de los deudores en situación de insolvencia. No obstante, su aplicación práctica dependerá de:
- La actuación de los tribunales nacionales: Estos deben interpretar y aplicar el fallo de manera coherente con el derecho comunitario.
- Posibles reformas legislativas: Será necesario que el legislador español adapte el TRLC para alinearlo con los principios establecidos por el TJUE.
En definitiva, el TJUE ha sentado un precedente que podría transformar el panorama de la insolvencia en España, promoviendo un sistema más justo y equilibrado. Ahora, la responsabilidad recae en los operadores jurídicos y legisladores para aprovechar esta oportunidad en beneficio de quienes buscan un nuevo comienzo.