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El “Fan Art” y sus particularidades en la Propiedad Intelectual

El Fan Art es un concepto proveniente del inglés comúnmente usado para denominar aquellas obras de arte, principalmente visuales, que están basadas en personajes, épocas, vestuarios u otros que el artista toma de universos previamente creados por un tercero. Hoy en día, mayormente en la ciencia ficción, encontramos diferentes creaciones de los distintos fanáticos, que, a modo de homenaje, representan a los personajes de sus sagas favoritas, ya sean de comics, libros películas, etc. Esto, implica que la creación dentro de este género está subordinada a un elemento de un universo previo que el fanático adopta y que le sirve como regla y punto de partida para proponer una nueva creación.

Ahora, tenemos que trasladar estos elementos a la esfera jurídica, más concretamente dentro de la propiedad intelectual y los derechos de autor. En el Título II de la Ley de Propiedad Intelectual, encontramos los distintos tipos de obras que nos podemos encontrar con una regulación, entre estas, las obras originales y las obras derivadas. Observando las características de estas obras, debemos encuadrar legalmente el Fan Art dentro del artículo 11 5a, de las obras derivadas, que clasifica como tales a “Cualesquiera transformaciones de una obra literaria, artística o científica.

Como su propio nombre indica, las obras derivadas surgen de una obra original, y estas últimas, suelen estar protegidas por derechos de autor. Por lo tanto, si el autor de la obra original, se reserva todos sus derechos, mediante el conocido copyright (©), y no se han liberado los derechos de transformación a través de, por ejemplo, una licencia Creative Commons (CC), debemos pedir permiso al titular de los derechos antes de realizar nuestra obra derivada.

La particularidad legal, que nos brinda el Fan Art, es el elemento subjetivo. A diferencia de una infracción, por ejemplo, de propiedad industrial u otras modalidades de propiedad intelectual, la empresa o compañía que tiene la propiedad de la obra sobre la cual se realiza un Fan Art, casi nunca emprenden acciones legales contra esta creación, no porque no sea ilegal sino por decisión propia.

Las razones de porque no suelen hacer, son muy variadas. Para empezar, el fanático que realiza una obra de Fan Art, está brindando un homenaje a un personaje o a un universo. Si la empresa emprende acciones legales contra uno de estos autores, seguramente supondría pérdidas económicas, producto de la mala reputación que generarían estas acciones legales contra sus fans. Por otro lado, en su mayoría, los Fan Art, pueden funcionar como un medio de publicidad indirecta, que no implica gastos, lo que se traduce en beneficios para la compañía. Es por esto, que, muchos creadores toleran y en algunos casos incluso promueven la creación de contenido Fan Art.

En resumen, el Fan Art, suele ser un medio de utilización de los derechos de una obra de manera mucho más laxa, pero no por falta de protección de la ley sobre la obra original, si no por la frecuente indiferencia o incluso promoción de este arte por parte de las empresas. Sin embargo, para evitar tener problemas en este ámbito lo mejor es tomar una serie de cautelas previamente.

En primer lugar, lo correcto siempre es pedir permiso a el autor original de la obra o revisar si tiene los derechos de transformación liberados, para no tener que hacerlo. También es importante, que tenga su propia “esencia”, es decir, que no se confunda con la obra original y esto pueda suponer un perjuicio a la misma. En relación con esta, es conveniente que no se dañe la imagen o la reputación del autor original de la obra.

También es muy importante si queremos evitar problemas con las distribuidoras y es no pretender un lucro económico del Fan Art. Suele ser esta la cuestión que más litigios provoca. Por último, siempre debemos atender a los requerimientos de los titulares de derechos ya que pueden ir en serio. El hacer caso omiso a los requerimientos puede dar lugar a una demanda, no obstante, hay que cerciorarse de quien realiza la comunicación y en el caso de andar preocupados, consultar con algún experto o experta en la materia.

Antes de finalizar, hay que hablar de una excepción que es la figura de la parodia. Es uno de los casos en que apropiarse del uso de una obra original registrada no vulnera los derechos de autor. De esta manera está regulado en la Ley de Propiedad Intelectual, que establece las condiciones que debe cumplir una parodia, para que respete los derechos de autor de la obra original, requiriendo que “no implique riesgo de confusión con la misma ni se infiera un daño a la obra original a su autor.

Con todo esto, nos queda claro, que el Fan Art, fuera de las parodias que cumplen las condiciones de la Ley, es ilegal. Sin embargo, esta ilegalidad, no impide que tenga un ámbito subjetivo muy diferente al de otro tipo de obras derivadas y esto haga que las empresas o lo autores originales entiendan el Fan Art como una potente herramienta de difusión y homenaje a su obra. Cada caso y cada autor es un mundo, por eso, lo mejor siempre es actuar con cuidado, de la manera que antes hemos mencionado, y no crear un proyecto comercial a partir de este Fan Art mediante el cual obtener un lucro, sin contar previamente con el consentimiento del autor original.

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